El juez ordena continuar la causa contra la exdirectora del Patronato de la Alhambra y dos personas más por un presunto fraude en la contratación de las audioguías

El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada ha ordenado continuar la causa por el trámite del procedimiento abreviado contra la exdirectora del Patronato de la Alhambra y dos investigados más por las posibles irregularidades en la contratación de las audioguías. El juez da así por finalizada la instrucción y considera que se pueden haber cometido delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, apropiación indebida y blanqueo de capitales. Da diez días de plazo al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que formulen escrito de acusación o soliciten el archivo de la causa.

Además de la exdirectora del Patronato de la Alhambra, también continúan como investigados la exsecretaria general de la Alhambra y el administrador único de la empresa a la que se adjudicó el servicio de audioguías. Por el contrario, acuerda el archivo de la causa para los cinco investigados restantes, el exjefe de la Sección Económica y Contabilidad de Ingresos en el monumento; un interventor; un empleado de la empresa adjudicataria del servicio, un funcionario y una jefa de sección.

Esta decisión se produce después de que la Fiscalía solicitara hace unas semanas el sobreseimiento provisional para todos ellos, alegando que no ha resultado “debidamente acreditada” su participación en los hechos que se investigan, y que el proceso continuara contra los otros tres.

El Juzgado lleva investigando desde 2015 las presuntas irregularidades cometidas en torno a la adjudicación del servicio del audioguía electrónica para uso de los visitantes individuales a la Alhambra, considerado el monumento más visitado de España, así como de un equipo receptor para los componentes de grupos organizados que accedían al recinto. El auto considera que, debido a estas irregularidades, se ha producido un perjuicio económico a la Alhambra casi 1,3 millones de euros sólo en el alquiler de equipos individuales.

El juez considera que se contrató con una empresa el servicio de audioguías con unas condiciones que más tarde cambiaron y que, después, “la prórroga del contrato fue acordada por la investigada, previas reuniones concertadas con el adjudicatario para trazar un plan que permitiera ofrecer una salida a la falta de pago de la deuda contraída con el Patronato de la Alhambra y el Generalife”, con conocimiento de la ilegalidad de dicha prórroga.

En el auto señala que la exdirectora “acuerda o consiente” la existencia de nulo control en el Conjunto Monumental “sobre la actuación, en este caso, del adjudicatario, y por otro lado la investigada ha mantenido con conocimiento y voluntad, desde el primer momento de la adjudicación del contrato, una actitud especialmente favorecedora de los intereses de Stendhal, y ha permitido y consentido que esta se apropie de caudales públicos”.

menu
menu